mayo 23, 2012

Síntesis del Proyecto de Ley de legalización del Cannabis y reforma integral de la Ley 23.737.


Esta es la síntesis del proyecto de ley que elaboramos junto a la Mesa Nacional por la Igualdad y que hoy fue presentado en la legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Legalización del Cannabis y reforma integral de la Ley 23.737.

Objetivo del proyecto

Desde la Mesa Nacional por la Igualdad celebramos que un debate tan importante y postergado como lo es la necesidad de modificar la política en materia de sustancias psicoactivas haya finalmente encontrado su momento en nuestro país y logre consensos en el Congreso de la Nación, en los poderes del Estado en general y en la opinión pública.
Esperamos que esta propuesta sea considerada por el Congreso y por todos los actores políticos y sociales con el mismo cuidado y la seriedad con que nosotros y nosotras trabajamos en su desarrollo. Pedimos a todas y todos abordar la cuestión con un espíritu constructivo, una visión amplia, respondiendo argumentos con argumentos, y no con temores, preconceptos y lugares comunes. Tratando, en fin, de dejar de lado poco a poco el sinnúmero de estereotipos y prejuicios que durante décadas nos han inculcado y han moldeado la política de drogas en Argentina y en casi todo el mundo; una política que --huelga decirlo-- ha mostrado acabadamente su fracaso más rotundo en asegurar y proteger la salud, la seguridad, el bienestar general y la vida de las personas.

Espíritu del proyecto
En el desarrollo de este proyecto de ley, los y las militantes de la Mesa Nacional por la Igualdad y de la Agrupación de Agricultores Canabicos Argentinos tuvimos como guía los principios básicos de nuestro sistema jurídico, la Constitución Nacional y los Tratados de Derechos Humanos incorporados a la misma, así como consideraciones históricas y de política internacional, a lo que se suma la experiencia de más de dos décadas de vigencia de la Ley 23.737, en la que se basa la actual política en materia de sustancias psicoactivas.
Las propuestas de este proyecto surgen de un análisis minucioso de dicha normativa a la luz de los instrumentos jurídicos y la experiencia mencionada. Sostenemos que de dicho análisis se deduce que varias de las disposiciones de dicha norma resultan claramente inconstitucionales, a la vez que otras modificaciones propuestas se basan en cuestiones de conveniencia y adecuación de la norma al objetivo primordial: preservar la salud pública y de cada una de las personas.
En la cuestión específica de la legalización de las especies del género Cannabis, entendemos que en nuestra sociedad la extensión de su uso, la mayor difusión de información, en fin, una mayor presencia cotidiana y visibilidad de los usuarios y las usuarias de marihuana, llevan a preguntarse cuáles son los motivos que justifican hoy en día mantener en la ilegalidad la producción y comercialización de una sustancia psicoactiva de uso extendido, mientras otras como el alcohol y el tabaco --cuyos efectos negativos sobre la salud pública (como argumentamos en los fundamentos del anteproyecto) son mucho más graves y extensos-- se mantienen en la legalidad.
Entendemos que los argumentos basados en la «aceptación social» son tan injustos como inexactos, y que la información científica disponible en la actualidad deja sin sustento a la prohibición de la marihuana ante la legalidad del alcohol y el tabaco. En este sentido, recomendamos leer el trabajo de investigación citado en los fundamentos de nuestro proyecto.
De todas estas consideraciones surgen las propuestas que con detalle defendemos en los argumentos del proyecto que desarrollamos, las cuales se encuentran plasmadas en el articulado del mismo.

Contenido del proyecto
  • Legalización de la marihuana
    • Legalización completa de la planta de marihuana, cáñamo o cannabis (especies Cannabis sativa, Cannabis indica, Cannabis ruderalis), con fines de consumo recreativo, terapéutico e industrial.
    • Prohibición de su venta a menores de 18 años.
    • Prohibición de su comercialización con agregados destinados a aumentar su capacidad adictiva.
  • Eliminación de varios tipos penales previstos en la Ley 23.737, para todas las demás sustancias prohibidas:
    • Se despenaliza la tenencia (para consumo o no; de hecho, no se establecen cantidades ni otros parámetros que diferencien situaciones, por considerarlos arbitrarios).
    • Se explicita que la mera tenencia no es suficiente para iniciar un proceso judicial.
    • Se despenaliza la demanda de estupefacientes.
    • Sólo se mantiene la penalización de actividades que persiguen un lucro.
    • Se despenaliza la posesión, cultivo, comercio, etc., de especímenes o partes de cualquier especie vegetal en su estado natural (en particular, Erythroxylum coca [coca] y Papaver somniferum[opio]).
    • Se despenaliza el consumo «ostentoso» o con trascendencia al público.
    • Se despenalizan las figuras relacionadas con la difusión de información sobre estupefacientes.
    • No son punibles las acciones destinadas al uso científico o terapéutico. El Poder Ejecutivo establece mecanismos de acceso a estupefacientes en esos casos.
    • Para el caso de personas en situación de vulnerabilidad social (como las coloquialmente denominadas «mulas») se reducen las penas relacionadas con estupefacientes a un máximo de 3 años, y la condena queda en suspenso. Además se garantizan mecanismos de reinserción social.
    • Para casos de extrema vulnerabilidad, los hechos se declaran no punibles, en concordancia con el art. 34, inc. 2, del Código Penal.
    • También se reduce la escala penal para quienes actúen en situación de subordinación.
    • Se elimina la figura de la «confabulación».
  • Perspectiva de reducción de daños
    • El estado debe llevar adelante políticas tendientes a reducir los daños derivados del uso de sustancias psicoactivas legales e ilegales.
    • Se establecen lineamientos generales y acciones específicas (difusión de información, entrega de material descartable de inyección, establecimiento de salas de consumo controlado, acceso al análisis de pureza y composición de las sustancias que se consumen, distribución de información y elementos de dosificación, acceso a mediciones de nivel de sustancias en sangre, etc.).
    • El Estado debe promover la investigación científica para poseer la información más actualizada y completa posible en la materia.
    • Se garantiza la confidencialidad en el acceso a estos dispositivos de política pública.
  • Se eliminan las «medidas de seguridad curativas» que los/as jueces/zas penales imponen a los/as procesados/as y condenados/as. Por el contrario, se garantiza el acceso completamente voluntario a estos tratamientos y se establecen las condiciones en que deben ser realizados, así como sus efectos sobre la causa, siempre respetando la voluntad de la persona asistida.
  • El listado de estupefacientes debe establecerlo el Congreso, no el Poder Ejecutivo como ocurre hoy. La actual situación es claramente inconstitucional por cuanto implica una delegación legislativa al ejecutivo en materia penal.
  • Se elimina la figura del/la agente encubierto/a, fuertemente cuestionada por muchas organizaciones de la sociedad civil y por la doctrina jurídica, considerada un recurso procesal desproporcionado y contrario al espíritu de nuestro sistema penal.
  • Se elimina la figura del/la testigo de identidad reservada, también fuertemente cuestionado.
  • Se deroga la denuncia anónima, por idénticas razones.  
  • Se establece en forma explícita una amnistía para todos/as los/as procesados/as y condenados/as por delitos que se derogan a partir de esta Ley. En particular, se garantiza la eliminación de todos los registros penales al respecto.
  • Se instruye al Poder Ejecutivo para que analice los convenios internacionales en materia de sustancias psicoactivas y los denuncie en aquellos casos en que su cumplimiento sea imposible.

5 comentarios:

  1. la verdad que me parece un paso muy importante , para las personas como yo, como ustedes ¡¡¡que nos perseguimos dia a dia con lo equivocada y errada que esta esta ley .No poder cultivar en paz nuestra planta sin hacer ningun tipo de mal a nadie , siendo algo tan natural , sano y curativome parece algo totalmente errado , espero que se pogan las pilas de una ves por todas y reformen la ley yaa¡¡¡¡
    don sodio

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  2. Brillante! es la noche y el dia en comparacion!

    Muchas gracias a todos por hacer esto posbile en base a creer y activar! GRACIAS a todos ustedes que hacen oir nuestras voces!

    Que bueno seria que esto se acepte tal y como esta escrito aca!

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  3. Bueno, es la mejor propuesta hasta ahora, a mi humilde entender...muy superadora, igualmente, con ley o sin ley no nos podrán parar, yo hace ya casi más de una década que cultivo, siempre en exterior, haciendome cargo de mi cultura y forma de vida...llevo una familia y crio mi hijo con amor...y no molesto a nadie...gracias Mesa Nacional por la Igualdad...Soberanía política, Independencia Económica, Justicia Social y D.D.H.H. para todos...que la gente sepa: es solo una plantaaa!!!

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  4. A mi me gustaría que los legisladores se informen y estudien bien el tema antes de votar, que se embarren los zapatos y conozcan la realidad concreta de los consumidores y cultivadores, la mayoría no son ni enfermos ni delincuentes, hay gente super talentosa que cultiva, consume y hace una vida común y corriente...que se fijen y que busquen los señores legisladores, que seguro entre sus amigos o allegados algún cultiveta piola hay, y bueno metansé en la cosa...estudien la planta, conozcanla...en el país de la "SojaRR" y el Glifosato es criminal prohibir la Marihuana...su cultivo, su consumo...etc...
    Fuerza!!! Y semillas para todos!!!

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  5. está bárbara, acuerdo en todo, es tal cual lo hemos pregonado tantos años, y es un logro de los autocultivadores unidos y organizados, que resistimos y denunciamos como inhumano y abusivo y brutal y horroroso e ilegal e ilegítimo judicializar y encarcelar a una persona por los motivos arriba apuntados; por tener, cultivar, vender o comprar canabis, un delirio. En estos tiempos kirchneristas, esta ley será realidad y una alegría mas para el pueblo trabajador que sufre las consecuencias de una ley inhumana en materia de drogas. Esta ley es revolucionaria en este contexto de Argentina.

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